Asamblea Ordinaria para elección de Comisión Electoral del Inpresiprula
CONVOCATORIA
1. Elección de la Comisión Electoral
Es necesario destacar que, de no cumplir el quórum reglamentario, se hará cumplir el art. 11 de los Estatutos vigentes del Instituto, el cual reza lo siguiente “... deberá indicarse expresamente que si llegados el día y la hora previstos para la celebración de la respectiva asamblea sino hubiese el quorum requerido para constituirse en asamblea para deliberar y tomar decisiones válidamente, se procederá ese mismo día, en el mismo sitio, en segunda convocatoria, pasado el lapso de media (1/2) hora de espera que se concederá para tales fines; transcurridos este lapso, persistiendo la ausencia de quorum, en tercera y última convocatoria, pasada otra media (1/2) hora, la asamblea se celebrara válidamente con el número de asistentes y sus decisiones serán de obligatorio cumplimiento para todos los afiliados,…”
Dra. Maribel Suárez Mancha
Presidente
Lcdo. Osmar Alejandro Fernández
Secretario de Actas y Correspondencia
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